Octubre 02, 2018
Una de las consultas más comunes recibidas en nuestro despacho es sobre cómo se realiza el cálculo del pago de los aportes al sistema de seguridad social, teniendo en cuenta que las empresas llevan a cabo aportes especiales, los cuales tienen un destino específico. A pesar de que no se responderá de manera exacta el interrogante de esta publicación, puesto que se trata de un proceso legal empleado de manera diferente con cada uno de nuestros clientes, sí le mostraremos los aspectos que debe tener en cuenta, para que el cálculo de aportes parafiscales sea correcto y tenga concordancia con la normatividad vigente.
¿Qué son los Aportes Parafiscales?
Consisten en pagos obligatorios hechos por el empleador, en otras palabras, son gravámenes de obligatoria contribución por parte del empleador. Los aportes suman el 9 % de la nómina de la empresa y son destinados para propender el sostenimiento de las siguientes entidades: Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), Caja de Compensación Familiar (CCF) y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Como abogados UGPP nos encargamos de realizar el cálculo de los aportes parafiscales tomando en cuenta los salarios devengados por cada uno de los empleados, bonificaciones e incentivos, auxilios o cualquier otro tipo de contraprestación adicional a su salario básico. Con nuestra asesoría personalizada, usted hará los aportes parafiscales en concordancia con las leyes colombianas, a fin de evitar quejas presentadas por sus empleados que puedan perjudicarlo a usted como empleador o a su empresa.¿Cuáles son los Porcentajes Incluidos en el Cálculo de Aportes Parafiscales?
Como ya se lo comentamos, las tres entidades suman el 9 % del pago o salario formal de los trabajadores. Este porcentaje recibido se distribuye de la siguiente manera: 2 % para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), 3 % para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y 4 % para el subsidio familiar de la Caja de Compensación Familiar (CCF).¿Cómo se Realiza el Pago de los Aportes Parafiscales?
Las empresas deben realizar un procedimiento sistemático para efectuar el pago de los aportes parafiscales de sus trabajadores. Según la UGPP, el primer paso es diligenciar la planilla integrada de liquidación de aportes PILA y "en ella suministrar los datos básicos de la empresa y de cada uno de sus empleados. Dicha planilla debe contener la totalidad de los subsistemas que conforman el Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensión, riesgos profesionales, SENA, ICBF y CCF". Aunado a lo anterior, el empleador debe verificar el aporte realizado, es decir, "revisar que la liquidación efectuada por el sistema coincida con los aportes de ley". Lo anterior se refiere a los porcentajes correspondientes a cada subsistema.Aportes Parafiscales Según la Ley 1819 de 2016
Según esta nueva ley, se llevó a cabo la limitación del pago de aportes para empleadores que cumplan con ciertas características especiales. La Ley 1819 de 2016, en su artículo 65 establece que "Estarán exoneradas del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional del Aprendizaje (SENA), del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y las cotizaciones al Régimen Contributivo de Salud, las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes".Abogados UGPP
En nuestro despacho recibimos su caso, lo analizamos y determinamos cuáles mecanismos legales aplicamos para ayudarlo con su solicitud lo más pronto posible. Tenga en cuenta que cada caso atendido es distinto y para que el cálculo de aportes parafiscales se realice correctamente, necesitaremos de su colaboración, ya que deberá suministrar información de su empresa relacionada con: ingresos de sus empleados, número de empleados, sus sueldos, auxilios y cualquier tipo de remuneración que sea importante para determinar el factor salarial de cada empleado. Como abogados expertos en cálculos de aportes parafiscales, lo orientaremos adecuadamente para evitar reclamos por parte de sus empleados o inconvenientes legales, pues los pagos parafiscales deben ser en concordancia con lo señalado en las leyes colombianas.