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Despido por Justa Causa en Colombia ¿Cuáles son las Razones del Despido?

Abril 10, 2019

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Hombre Siendo Despedido por Mujer en ColombiaHoy en día lograr conseguir un trabajo estable en una empresa donde el ambiente de trabajo es excelente, con un buen salario, bien ubicado, sin problemas de pago en salarios, salud y todo lo referente a las buenas condiciones laborales es la panacea para cada persona que quiere trabajar en Colombia.

Es por ello que antes de firmar un contrato laboral es importante conocer a detalle las razones que pueden ser usadas por el empleador o el trabajador para dar por terminado el contrato laboral. Las razones están especificadas en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo y, según lo aclarado por el Ministerio, no es posible fijar algunas adicionales ni siquiera por acuerdo entre las dos partes.

En este artículo, las estaremos exponiendo según dicho código para que pueda tener una idea general y conozca sus derechos. Si por alguna razón fue despedido sin justa causa, contacte a nuestros abogados laborales al 310 5706331, con gusto nuestros especialistas lo atenderán con mucho gusto.

¿Cuáles son las Causas de Despido en Colombia por Parte del Empleador?

  • 1. El haber sufrido engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o tendientes a obtener un provecho indebido.

  • 2. Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores, contra el empleador, los miembros de su familia, el personal directivo o los compañeros de trabajo.

  • 3. Todo acto grave de violencia, injuria o malos tratamientos en que incurra el trabajador fuera del servicio, en contra del empleador, de los miembros de su familia o de sus representantes y socios, jefes de taller, vigilantes o celadores.

  • 4. Todo daño material causado intencionalmente a los edificios, obras, maquinarias y materias primas, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo, y toda grave negligencia que ponga en peligro la seguridad de las personas o de las cosas.

  • 5. Todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el taller, establecimiento o lugar de trabajo o en el desempeño de sus labores.

  • Mujer Recibiendo Carta de Despido en Colombia
  • 6. Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.

  • 7. La detención preventiva del trabajador por más de treinta (30) días, a menos que posteriormente sea absuelto; o el arresto correccional que exceda de ocho (8) días, o aun por tiempo menor, cuando la causa de la sanción sea suficiente por sí misma para justificar la extinción del contrato.

  • 8. El que el trabajador revele los secretos técnicos o comerciales o dé a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa.

  • 9. El deficiente rendimiento en el trabajo en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores análogas, cuando no se corrija en un plazo razonable a pesar del requerimiento del empleador.

  • 10. La sistemática inejecución, sin razones válidas, por parte del trabajador, de las obligaciones convencionales o legales.

  • 11. Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina del establecimiento.

  • 12. La renuencia sistemática del trabajador a aceptar las medidas preventivas, profilácticas o curativas, prescritas por el médico del empleador o por las autoridades para evitar enfermedades o accidentes.

  • 13. La ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada.

  • 14. El reconocimiento al trabajador de la pensión de la jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa.

  • 15. La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de profesional, así como cualquiera otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al empleador de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad.

En los casos de los numerales 9 a 15 de este artículo, para la terminación del contrato, el empleador deberá dar aviso al trabajador con anticipación no menor de quince (15) días.

¿Cuáles son las Causas de Renuncia en Colombia por Parte del Trabajador?

Hombre Acosando a Mujer en el Trabajo
  • 1. El haber sufrido engaño por parte del empleador, respecto de las condiciones de trabajo.

  • 2. Todo acto de violencia, malos tratamientos o amenazas graves inferidas por el empleador contra el trabajador o los miembros de su familia, dentro o fuera del servicio, o inferidas dentro del servicio por los parientes, representantes o dependientes del empleador con el consentimiento o la tolerancia de éste.

  • 3. Cualquier acto del empleador o de sus representantes que induzca al trabajador a cometer un acto ilícito o contrario a sus convicciones políticas o religiosas.

  • 4. Todas las circunstancias que el trabajador no pueda prever al celebrar el contrato, y que pongan en peligro su seguridad o su salud, y que el empleador no se allane a modificar.

  • 5. Todo perjuicio causado maliciosamente por el empleador al trabajador en la prestación del servicio.

  • 6. El incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del empleador, de sus obligaciones convencionales o legales.

  • 7. La exigencia del empleador, sin razones válidas, de la prestación de un servicio distinto, o en lugares diversos de aquél para el cual se le contrató, y cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones que incumben al empleador, de acuerdo con los artículos 57 y 59 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.
PARÁGRAFO. La parte que termina unilateralmente el contrato de trabajo debe manifestar a la otra, en el momento de la extinción, la causal o motivo de esa determinación. Posteriormente no pueden alegarse válidamente causales o motivos distintos.

¿Qué Hacer Ante un Caso de Despido Injustificado?

Mujer en Bus Viendo al Horizonte Porque fue Despedida de su TrabajoEn caso de que haya sido despedido de forma injustificada, le recomendamos contactar a nuestros abogados, ya que cada caso según el tipo de contrato, se maneja diferente. Llámenos al 310 5706331 con gusto nuestro equipo de abogados estará atendiendo su caso.

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