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Contrato de Prestación de Servicios VS Contrato Laboral Realidad en Colombia

Agosto 15, 2019

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Abogado Ofreciendo Asesoría Legal Sobre un Contrato LaboralEn Colombia la cantidad de personas que son contratadas bajo la modalidad de Prestación de Servicios va cada día en aumento, por el hecho de no tener que ser los responsables del pago de los beneficios de ley bajo esta modalidad, es algo atractivo para algunas empresas tanto públicas como privadas en Colombia.

En este artículo estaremos definiendo las principales diferencias entre un contrato de prestación de servicio y un contrato laboral realidad, así como describiendo las situaciones en que un contrato de prestación de servicios se convierte en un contrato laboral realidad.

En Jurídicos Laborales tenemos a los mejores abogados laborales, que le pueden asesorar en su caso si se trata de despido injustificado, de solicitud de cambio a contrato laboral realidad u otro. Recuerde que puede acceder de forma inmediata a nuestras asesorías legales a domicilio, presenciales o vía telefónica en el siguiente enlace.

¿Qué es el Contrato de Prestación de Servicios en Colombia?

Dicho tipo de contrato no está consagrado en el Código Sustantivo del Trabajo, pero se puede clasificar como un contrato de naturaleza civil. En el cual una persona llamada contratante encarga a otra persona llamada contratista la prestación de determinado servicio bajo total autonomía técnica, administrativa, temporal del contratista partiendo de la independencia en este último tipo de contrato ostenta el contratista.

¿Qué es un Contrato Laboral Realidad en Colombia?

El contrato laboral realidad tiene su origen en dos presunciones que la ley hace en favor del trabajador, descritos en los artículos 23 y 24 del Código Sustantivo del Trabajo que hablan sobre los elementos esenciales y la presunción:
  • Art. 24 «Se presume que toda relación de trabajo personal está regida por un contrato de trabajo.»
  • Art. 23, «Una vez reunidos los tres elementos de que trata este artículo se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen.»

¿Cuándo se Convierte un Contrato de Prestación de Servicios en un Contrato Laboral Realidad?

Cuando se presenten los 3 elementos que menciona el artículo 23 para que exista un contrato de trabajo, los cuales son: Una continuada subordinación, cuando haya una remuneración y la prestación personal del servicio.

¿Cuándo Existe la Subordinación en un Contrato de Prestación de Servicios?

Jefe con Trabajador con Contratos de Prestación de Servicio, Solicitando AjustesExisten elementos indicativos que apuntan a la existencia de la subordinación, como es la imposición de horarios, y sobre todo, las decisiones encaminadas a disciplinar al trabajador.

Si el contratista es tratado como un trabajador subordinado, donde se le dan órdenes, instrucciones, se le sanciona, y se le exige cumplir un horario estricto, la naturaleza del contrato de prestación de servicios se transforma a ser un contrato laboral realidad.

Es importante destacar que la duración del contrato de prestación de servicio no es una razón para poder convertirse en un contrato laboral realidad y la duración del mismo será un acuerdo entre el empleador y el empleado. Si tiene alguna otra duda, recuerde que tenemos a los mejores abogados laborales especialistas en los diferentes casos de despido injustificado, cambios de tipos de contratos, indemnizaciones laborales, entre otros.

¿Qué Sucede si el Contrato de Prestación de Servicios se vuelve un Contrato Laboral Realidad?

En los casos de que sea declarado un contrato de trabajo realidad, se le adeudan al contrato de prestación de servicios del trabajador todos los conceptos derivados del código laboral del trabajo, como son prestaciones sociales y eventualmente las indemnizaciones correspondientes.

Abogada Asesorando a Persona con un Problema de Contrato de Prestación de ServiciosSi fue despedido de forma injustificada teniendo un contrato de prestación de servicios o tiene un caso particular acerca de contratos laborales, lo invitamos a solicitar una asesoría telefónica, presencial o a domicilio con nuestros abogados laborales especialistas, solicite su servicio legal aquí, o contáctenos al 310 5706331

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